Fiorella Belén Damiani, exconsejera escolar de Bahía Blanca, fue condenada ayer a tres años de prisión de ejecución condicional por el delito de falso testimonio agravado por haberse producido en una causa criminal en perjuicio de los inculpados. La sentencia fue dictada ayer por el Tribunal en lo Criminal N°1 de Bahía Blanca, luego de varias jornadas de debate en las que declararon testigos y peritos y se proyectaron registros audiovisuales incorporados a la investigación.
El tribunal también dispuso una inhabilitación especial por seis años para declarar como testigo en procesos judiciales, una medida que se extenderá por el doble del tiempo de la pena impuesta. Damiani no irá a prisión y deberá cumplir reglas de conducta durante el período de condena: fijar domicilio, mantenerlo actualizado y someterse al control del Patronato de Liberados correspondiente a su lugar de residencia.
Durante los alegatos, la fiscalía y la querella habían solicitado nueve años de prisión, mientras que la defensa pidió la absolución o que se aplicara el mínimo previsto para el delito imputado. Tras analizar el conjunto de pruebas, el juez Ricardo Gutiérrez sostuvo que quedó acreditado que la acusada afirmó como verdadero un hecho que no lo era y que lo hizo con conocimiento de que sus manifestaciones incriminatorias perjudicaban a quienes resultaron imputados en el proceso penal.
El caso se remonta a 2017, cuando Damiani denunció ante la Policía que dos músicos de Bahía Blanca, Fernando Pereyra y Joaquín Álvarez, la habían violado luego de drogarla y alcoholizarla. Ambos quedaron detenidos en una celda de la DDI, imputados por abuso sexual gravemente ultrajante, con acceso carnal agravado por la participación de dos personas. El relato de la denunciante se mantuvo en distintas declaraciones y fue ratificado incluso en una ampliación de denuncia en 2021.
Los videos que desenmascararon la mentiraEsa situación cambió cuando se incorporaron a la causa videos recuperados de los teléfonos celulares de los acusados. En esas imágenes se veía el encuentro sexual que había motivado la denuncia, y Damiani admitió ser la persona que aparecía en los registros. Para el tribunal, los videos resultaron determinantes: mostraron que la relación fue consentida y que todos los participantes se encontraban lúcidos. A esas pruebas se sumaron las pericias médicas, que descartaron lesiones compatibles con una violación, y los análisis toxicológicos, que no detectaron rastros de drogas en el organismo de la denunciante.
Con esos elementos, la fiscalía solicitó la inmediata libertad y el sobreseimiento de los acusados y avanzó con la imputación de falso testimonio agravado contra Damiani. La exconsejera escolar fue detenida el 10 de abril de 2025, aunque recuperó la libertad cinco días después porque el delito es excarcelable.
El expediente fue elevado a juicio oral tras las demandas civiles y penales presentadas por Pereyra y Álvarez una vez que obtuvieron la absolución.
Tras conocerse la sentencia, uno de los denunciantes calificó la situación como “una burla” y se prevé que tanto la fiscalía como la querella presenten recursos de apelación en los próximos días.
