Malvinas: el antecedente de la ley que sancionó a empresas por explotar hidrocarburos sin autorización argentina

El presidente Javier Milei habló esta noche por cadena nacional sobre las Islas Malvinas y anunció una iniciativa vinculada con la explotación de recursos naturales en el archipiélago. En ese contexto, cobra relevancia un antecedente de hace 15 años: la ley que estableció sanciones para quienes exploren o exploten hidrocarburos en áreas que la Argentina considera parte de su plataforma continental sin autorización del Estado.

Se trata de la Ley 26.659, conocida también como “Ley Pino Solanas”, que fue sancionada el 16 de marzo de 2011 durante el primer gobierno de Cristina Fernández de Kirchner. La norma estableció que las empresas argentinas o extranjeras que quieran realizar actividades de exploración y explotación de hidrocarburos en la Plataforma Continental Argentina debían contar con una autorización emitida por las autoridades argentinas.

Fue impulsada en aquel momento en un contexto de tensión por las actividades de exploración hidrocarburífera desarrolladas alrededor de las Islas Malvinas, bajo administración británica. Aunque el texto legal no menciona expresamente al archipiélago, estableció un mecanismo para sancionar a quienes participaran de operaciones que la Argentina considera que se llevaron a cabo dentro de su plataforma continental sin autorización.

Los lineamientos de la Ley 26.659

El primer artículo establece que la exploración y explotación de hidrocarburos en la Plataforma Continental Argentina solo pueden realizarse de acuerdo con las condiciones previstas por la ley y con las normas vigentes.

El artículo 2° es el que fija las principales prohibiciones. Impide que personas o empresas, tanto argentinas como extranjeras, desarrollen actividades hidrocarburíferas en la Plataforma Continental Argentina sin contar con una habilitación otorgada por una autoridad argentina competente.

La restricción también alcanza a quienes tengan participación directa o indirecta en empresas que realicen esas actividades sin autorización. Además, prohíbe contratar o prestar servicios vinculados con esas operaciones, incluyendo actividades comerciales, financieras, logísticas, técnicas, de consultoría y asesoría.

Inhabilitaciones y otras sanciones

El artículo 3° establece que las personas o empresas que incumplan esas disposiciones sean inhabilitadas por un período de entre cinco y 20 años. Si poseen concesiones hidrocarburíferas, estas pueden revertirse al Estado nacional o a las provincias, según corresponda.

Además, la inhabilitación debe quedar registrada y el artículo 4° establece que, como consecuencia, pueden cesar las exenciones y facilidades impositivas o previsionales que hubieran sido otorgadas.

La ley también alcanza al propio Estado: el artículo 5° establece que la Nación, las provincias y los municipios no pueden contratar a personas o empresas que desarrollen actividades hidrocarburíferas en la Plataforma Continental Argentina sin las habilitaciones correspondientes.

Un endurecimiento de la ley en 2013

El régimen original fue reforzado dos años después, durante el segundo mandato de Fernández de Kirchner. En 2013, el Congreso sancionó la Ley 26.915, que modificó la norma 26.659 e incorporó sanciones penales para determinadas actividades realizadas sin autorización.

Desde entonces, el artículo 7° establece una pena de cinco a diez años de prisión para quien realice o encargue, sin autorización, actividades de búsqueda de hidrocarburos mediante la exploración del lecho o subsuelo del mar territorial o de la Plataforma Continental Argentina.

Para quienes extraigan hidrocarburos de yacimientos ubicados en esas áreas sin autorización, o se encarguen de su transporte o almacenamiento, la pena prevista es todavía mayor: entre diez y 15 años de prisión.

Además de la prisión, se contemplan multas millonarias, calculadas en función del valor de mercado de una determinada cantidad de barriles de petróleo, y la inhabilitación para realizar actividades comerciales.

La condena también puede implicar el decomiso de los equipos y materiales utilizados, de los hidrocarburos extraídos y la extinción de permisos y concesiones vinculados con esas actividades.



Fuente: https://www.lanacion.com.ar/politica/malvinas-el-antecedente-de-la-ley-que-sanciono-a-empresas-por-explotar-hidrocarburos-sin-nid03092026/

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